"Cuando se puede elegir, es obligado acertar."
"When you can choose, you must be right."

Convocatoria beca 1er ciclo Ed. Infantil

Cheque guardería para el curso 21/22. La fecha de solicitud comienza el 17 de mayo y se prolongará hasta el 11 de junio.

Cheque Guardería

La Comunidad de Madrid ha abierto la convocatoria de las becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada, conocidas como Cheque Guardería. La fecha de solicitud comienza el 17 de mayo , y se prolongará hasta el 11 de junio.

 

La fecha de solicitud comienza el 17 de mayo y se prolongará hasta el 11 de junio.

 

 

Las familias que matriculen a sus hijos en el 1er ciclo de la Escuela Infantil Alkor podrán acceder a esta beca.

 

ACCESO A LA CONVOCATORIA

A quién beneficia

Los alumnos deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos previstos en las bases reguladoras:

1. Haber nacido o estar previsto su nacimiento con anterioridad al 1 de noviembre de 2021.
2. Estar matriculado para el curso 2021-2022 en el primer ciclo de Educación Infantil, en un centro de titularidad privada autorizado por la Administración educativa para impartir dicha etapa educativa a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, siempre que no ocupen plazas sostenidas con fondos públicos.

 

BASES REGULADORAS

 

Las familias que matriculen a sus hijos en el Primer ciclo de la Escuela Infantil Alkor podrán solicitar esta beca de la Comunidad de Madrid para beneficiarse de la ayuda.

 

La solicitud se puede presentar:

  • De forma telemática
  • De manera presencial: rellenando el impreso y presentándolo en el registro electrónico.

 

¿Dónde se entrega la solicitud presencialmente una vez cumplimentada?

La solicitud se podrá presentar telemáticamente en el registro electrónico de la Consejería de Educación y Juventud, a través de la página web institucional www.comunidad.madrid o presencialmente, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros, o registros  electrónicos, de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, y en oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 16 y disposición transitoria cuarta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Para realizar las gestiones y trámites de su interés, será necesario solicitar cita previa en el siguiente enlace:

CITA PREVIA

MUY IMPORTANTE:

  • Es totalmente IMPRESCINDIBLE que en la solicitud se indique un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico al que se enviará un código con el que acceder a consultar el estado de la solicitud cuando se publiquen las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas así como a la resolución definitiva. De lo contrario no se podrá acceder a consultar el estado de su solicitud y sus causas de exclusión y/o puntuación. Todo ello en cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos.

 

Más información: 

 

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